Características del procedimiento El contrato definido tiene la calificación de contrato mixto, de acuerdo con el artículo 18 de la LCSP, ya que contiene prestaciones propias de los contratos administrativos de suministro y servicios, regulados, respectivamente, en los artículos 16 y 17 de la norma citada, rigiéndose para su adjudicación por las normas del contrato de suministro del art. 16 LCSP, por ser el mayor de los valores estimados. En cuanto a los efectos, cumplimiento y extinción, se estará a las normas aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas, suministro y servicios, y particularmente los artículos 298 a 307 LCSP para las prestaciones de suministro y artículos 308 a 313 LCSP para las prestaciones de servicios.