- Capacidad de obrar
- Personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP. De acuerdo con lo establecido en el artículo 159.4 de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en la fecha final de presentación de ofertas.
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- En la declaración responsable se incluirá que la empresa, de resultar adjudicataria del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de su empresa, si ésta alcanza un número de 50 o más trabajadores, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante la Fundación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
- No prohibición para contratar
- Las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras no estarán incursas en alguna de las prohibiciones para contratar detalladas en el artículo 71 de la LCSP
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores se deberán encontrar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El candidato propuesto como adjudicatario, deberá aportar al efecto sendos certificados con una antigüedad máxima de 30 días y el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores se deberán encontrar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El candidato propuesto como adjudicatario, deberá aportar al efecto sendos certificados con una antigüedad máxima de 30 días y el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 159.4 de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en la fecha final de presentación de ofertas.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras deberán aceptar someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
- Trabajos realizados
- Cuando el licitador no sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos de acuerdo con el modelo que se adjunta como ANEXO IV con el PCAP. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Cuando así le sea requerido por la Fundación el licitador propuesto para la adjudicación deberá acreditar los servicios o trabajos efectuados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se podrá acudir además de a los tres primeros dígitos del CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad
- Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad y declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por la Fundación.