Trabajos realizados - De conformidad con el artículo 89 de la LCSP, la acreditación de la solvencia técnica o profesional se realizará mediante la aportación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en cualquiera de esos años sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato. El licitador propuesto como adjudicatario acreditará los suministros efectuados mediante certificados de buena ejecución del suministro por el órgano competente, público o privado.