Considerando lo anterior, así como lo dispuesto en el artículos 151 y demás preceptos de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, vista la existencia de Crédito, esta Alcaldía-Presidencia, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el apartado primero de la Disposición Adicional segunda de la LCSP, HA RESUELTO:
PRIMERO.- Adjudicar el LOTE 1: Servicios de enseñanza y formación de Artes Marciales (modalidad Musubi-do) de Caudete a D. Luis Miguel Piqueras López, con N.I.F. nº 74507851H, por tres temporadas, del 1 de octubre al 30 de mayo de cada curso (el inicio de los servicios comenzará el 01/10/2018), al ser el único licitador que ha presentado oferta, siendo esta conforme a los Pliegos, por un importe anual de 6.109,29 € IVA incluido.
SEGUNDO.- Adjudicar el LOTE 2: Servicios de enseñanza y formación de Ajedrez de Caudete a D. Emilio Miguel Sánchez Jerez (Douchess Ajedrez), con N.I.F. nº 48513189W, por tres temporadas, del 1 de octubre al 30 de mayo de cada curso (el inicio de los servicios comenzará el 01/10/2018), al ser el único licitador que ha presentado oferta, siendo esta conforme a los Pliegos, por un importe anual de 2.263,31 € IVA incluido.
TERCERO.- Adjudicar el LOTE 3: Servicios de enseñanza y formación de Tenis de Caudete a D. Javier Sánchez Sala, con N.I.F. nº 74507877K, por tres temporadas, del 1 de octubre al 30 de junio de cada curso (el inicio de los servicios comenzará el 01/10/2018), al ser el único licitador que ha presentado oferta, siendo esta conforme a los Pliegos, por un importe anual de 5.426,85 € IVA incluido.
CUARTO.- Comunicar a los adjudicatarios el deber de cumplir la condición especial de ejecución establecida en la Cláusula vigesimoprimera del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
QUINTO.- Aprobar gasto correspondiente con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria Nº 17.341.2260901 “Promoción y fomento del deporte” del Presupuesto general 2018, de octubre a diciembre de 2018.
SEXTO.- De acuerdo con el artículo 62 de la LCSP, designar como responsable de la ejecución del contrato al Responsable de Deportes D. José Bernabé Ortuño Albertos.
SEPTIMO.- Advertir que el contrato se perfeccionará en documento administrativo no más tarde de los ocho días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación, publicando tanto la presente adjudicación como la formalización del contrato en la Plataforma de Contratación del Estado.
OCTAVO.- Notificar a los interesados la presente Resolución, dando traslado del mismo a la Intervención y Tesorería municipales, al departamento de Deportes y al responsable del contrato a los efectos procedentes en Derecho.