Primero.- Adjudicar, en virtud de lo establecido en el artículo 151 del citado Real Decreto Legislativo 3/2011, la contratación mediante lotes del servicio de mantenimiento de equipos sanitarios y de fisioterapia detallado en los Pliegos para los centros de Mutua Universal Mugenat, Mutua Coladoradora con la Seguridad Social, nº 10 en los términos indicados en los Pliegos, al haber obtenido la puntuación global que se indica, y cuyo detalle para cada uno de los aspectos sujetos a valoración figura en el documento Anexo a este escrito:
A continuación, se indican las empresas que han presentado la oferta económicamente más ventajosa para los siguientes lotes, resultando adjudicataria de la licitación, así como el importe de la adjudicación, puntuación global obtenida (ver detalle en documento anexo) y ventajas determinantes de su propuesta que han motivado la adjudicación:
Lote / Empresa:Lote nº 1: AGENOR MANTENIMIENTOS S.A.
Puntuación:97,20
Imp. Adjudicación IVA no incluido:274.360,00 €
Imp. Adjudicación IVA incluido::331.975,60 €
Lote / Empresa:Lote nº 2: AGENOR MANTENIMIENTOS S.A.
Puntuación:98,20
Imp. Adjudicación IVA no incluido:19.760,00 €
Imp. Adjudicación IVA incluido:23.909,60 €
Para los lotes 1 y 2 la empresa AGENOR MANTENIMIENTOS, S.A. ha presentado una propuesta técnica cumpliendo con los requisitos exigidos, destacando el aumento de equipos en préstamo así como una mejora en los tiempos de respuesta en la atención de las incidencias y la resolución de éstas.
Licitadores excluidos y ofertas rechazadas por ser consideradas anormalmente bajas:
- No existen
Segundo.- Informar al adjudicatario de que el contrato se formalizará transcurridos 15 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación al licitador, previo requerimiento de este Órgano de Contratación.
Tercero.- Notificar la presente adjudicación a las empresas interesadas, las cuales podrán, en el plazo establecido en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, interponer recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del citado Real Decreto.